POLITICA DE PRIVACIDAD

Información  sobre  Datos  Personales

Responsable del tratamiento de los datos personales:

SUGRAF SERVICIOS INDUSTRIALES SERINDUS, S.L.  CIF: B99538506

Dirección: Pol. Empresarium C/ Sisallo nº 20, nave D-8  ZARAGOZA, (ZARAGOZA)

Email: info@sugrafindustrial.es

Actividad: TECNOLOGÍA Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SUMINISTROS INDUSTRIALES

Finalidad del tratamiento de los datos personales: 

Suministros industriales
Envío de información de nuestros productos y servicios

Legitimación del tratamiento de los datos personales:

Tratamos sus datos para cumplir una obligación legal, para prestar los servicios que se nos requieren, para gestionar las ventas de nuestros productos o para finalidades legítimas como dar a conocer nuestra actividad.

Obligación o no de facilitar datos y consecuencias de no hacerlo: Deben responderse todas las preguntas planteadas o dar toda la información solicitada ya que en caso contrario no podrá realizarse la operación o no podrán prestarse los servicios solicitados. No se solicitan más datos de los estrictamente necesarios para las finalidades a las que se destinan.

Plazos o criterios de conservación de los datos: Los previstos por la legislación fiscal respecto a la prescripción de responsabilidades y los previstos por la legislación civil o mercantil para la reclamación de pagos o acreditar la correcta prestación del servicio o de la operación realizada.

Decisiones automatizadas, perfiles y lógica aplicada: No se adoptan

  • tiene derecho a retirar el consentimiento prestado

Vd. tiene derecho a reclamar ante la Autoridad de Control. En España la Agencia Española de Protección de datos (www.agpd.es)

«Destinatarios» (de cesiones o transferencias)

  • Administración publica competente (S. Social, Agencia Tributaria, otras…)
  • Bancos/Entidades financieras

 No se realizan transferencias internacionales de datos personales fuera de los casos autorizados.

Derechos de los clientes y usuarios:

Reconocemos a nuestros clientes y usuarios sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, que pueden ejercitar en la forma legalmente prevista en las direcciones arriba indicadas. Vea nuestro procedimiento de derechos de control de los datos personales por sus titulares aquí:

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DERECHOS DE CONTROL DE LOS INTERESADOS A SUS DATOS PERSONALES.

 

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DERECHOS DE CONTROL DE LOS INTERESADOS A SUS DATOS PERSONALES.

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO

  1. Un interesado de la Entidad efectúa una comunicación a esta ejercitando su  derecho de acceso a sus datos personales.
  2. La persona que reciba dicha comunicación se la  trasladará de  forma inmediata al  RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD (1)  o al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
  3. Después de que haya llegado la solicitud de acceso el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD o EL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO examinará la solicitud a fin de  que  resuelva (2) sobre ésta en  el  plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud (3)  .

A fin de  proceder  a dicho  examen,  el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD deberá  tener  en cuenta  lo especificado en el ANEXO al presente procedimiento.

Dicha resolución podrá ser FAVORABLE o DESFAVORABLE:

A) RESOLUCIÓN FAVORABLE de la solicitud de acceso:

Si la solicitud fuera estimada y el responsable no  acompañase a su  comunicación la información legalmente exigible, el acceso se hará efectivo durante los diez días siguientes a dicha comunicación.

La información que  se proporcione, cualquiera que  sea el soporte en que  fuere facilitada, se dará en forma legible  e inteligible, sin utilizar claves o códigos que  requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos.

Dicha información comprenderá:

  • Todos los datos de base del afectado.
  • Los resultantes de cualquier elaboración o proceso informático.
  • La información disponible sobre el origen de los datos.
  • Los cesionarios de los datos.
  • La especificación de los concretos usos y finalidades para los que  se almacenaron los datos.

1 Si se ha nombrado

2 En el caso de que  no disponga de datos de carácter personal de los afectados deberá igualmente comunicárselo en el mismo plazo. El responsable del tratamiento deberá contestar la solicitud que  se le dirija en  todo caso, con  independencia de  que  figuren o no datos personales del afectado en sus sistemas de información.

3 Transcurrido el plazo sin  que  de  forma expresa se responda a la petición de  acceso, el interesado podrá interponer la reclamación prevista en el artículo 12.4.  del  Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).


El afectado podrá optar por recibir  la información a través de uno o varios de los siguientes sistemas de consulta:

  • Visualización en pantalla.
  • Escrito, copia o fotocopia remitida por correo, certificado o no.
  • Telecopia.
  • Correo  electrónico u otros sistemas de comunicaciones electrónicas.
  • Cualquier otro  sistema que  sea adecuado a la configuración o implantación material del tratamiento o a la naturaleza del tratamiento, ofrecido por el responsable.

Por tanto,  el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO  entregará  la información en función  del sistema al que haya optado  el interesado

Estos  sistemas de  consulta del  tratamiento previstos  podrán restringirse  en  función de  la  configuración o implantación material del tratamiento o de la naturaleza del tratamiento, siempre que  el que  se ofrezca al afectado sea gratuito y asegure la comunicación escrita si éste así lo exige.

Si tal responsable ofreciera un determinado sistema para hacer efectivo el derecho de  acceso y el afectado lo rechazase, aquél no  responderá por  los  posibles riesgos que  para la  seguridad de  la  información pudieran derivarse de la elección

B) RESOLUCIÓN DESFAVORABLE:

  1. El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO podrá denegar en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud el acceso a los datos de carácter personal cuando:El derecho ya se haya ejercitado en los doce  meses  anteriores a la solicitud, salvo que  se acredite un interés legítimo al efecto.
  2. Podrá también denegarse el acceso en los supuestos en que  así  lo prevea una Ley o una norma de derecho comunitario de  aplicación directa o  cuando  éstas impidan  al responsable del  tratamiento revelar a los afectados el tratamiento de los datos  a los que se refiera el acceso.
  3. En todo caso, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO informará al afectado de su derecho a recabar la tutela de  la  Agencia Española de  Protección de  Datos o, en  su  caso, de  las  autoridades de  control de  las comunidades autónomas.

TUTELA DE DERECHOS. El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o supresión, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su  caso, del organismo competente de  cada Comunidad Autónoma, que  deberá asegurarse de  la procedencia o improcedencia de  la denegación

El plazo  máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses.

Contra  las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo.

  1. Para comunicar dicha resolución se enviará la comunicación de forma que se acredite tanto el cumplimiento de la misma, como su  contenido. Corresponderá al responsable del tratamiento la prueba del cumplimiento del deber de respuesta, debiendo conservar la acreditación del cumplimiento del mencionado deber.

¿Qué es el derecho de acceso?

El derecho de  acceso es el derecho del afectado a obtener  información sobre  si sus  propios  datos  de carácter personal:

  • Están siendo objeto de tratamiento, la finalidad del tratamiento que, en su caso, se esté realizando.
  • La información disponible sobre el origen de dichos datos.
  • Las comunicaciones realizadas o previstas de los mismos.

Mediante su ejercicio el afectado podrá obtener del responsable del tratamiento:

  • Información relativa a datos concretos
  • Datos incluidos en un determinado tratamiento
  • La totalidad de sus datos sometidos a tratamiento.

¿Cómo se ejercita el derecho de acceso?

El derecho de acceso puede ejercitarse mediante comunicación dirigida al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Lo puede ejercitar:

  • El afectado, acreditando su identidad, del modo previsto. Se requiere: Nombre y apellidos del interesado.
  • Fotocopia de su  documento nacional de identidad, o de su  pasaporte u otro  documento válido  que  lo identifique y, en su  caso, de la persona que  lo represente, o instrumentos electrónicos equivalentes; así  como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación. La utilización de firma  electrónica identificativa del afectado eximirá de  la presentación de  las  fotocopias del DNI o documento equivalente.
  • Petición en que  se concreta la solicitud.
  • Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma  del solicitante.
  • Documentos acreditativos de la petición que  formula, en su caso.

En el caso de que  la solicitud no reúna los requisitos especificados aquí  el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá solicitar la subsanación de los mismos.

  • Cuando el afectado se encuentre en  situación de  incapacidad o minoría de  edad que  le imposibilite el ejercicio personal de este derecho, podrá ejercitarse por su representante legal, en cuyo  caso será necesario que  acredite tal condición.
  • El derecho de  acceso también podrá ejercitarse a través de  representante voluntario,  expresamente designado para el ejercicio del derecho. En ese caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del representado, mediante la  aportación de  copia de  su  Documento Nacional de  Identidad o documento equivalente, y la representación conferida por aquél.

El derecho  de acceso será DENEGADO cuando  la solicitud  sea  formulada  por persona  distinta  del afectado y no se acreditase que la misma actúa en representación de aquél.

El derecho al acceso del interesado a la documentación de la historia Entidad no puede  ejercitarse en perjuicio del derecho de  terceras personas a la confidencialidad de  los  datos que  constan en  ella  recogidos en  interés terapéutico del interesado, ni en perjuicio del derecho de los  profesionales participantes en su elaboración, los cuales pueden  oponer al derecho de acceso la reserva de sus  anotaciones subjetivas.

Los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual sólo  facilitarán el acceso a la historia Entidad de los interesados fallecidos a las personas vinculadas a él, por razones familiares  o de hecho, salvo  que  el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así  se acredite. En cualquier caso, el acceso de un tercero a la historia Entidad motivado por un riesgo para su salud se limitará a los datos pertinentes. No se facilitará información que  afecte a la intimidad del fallecido ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales, ni que  perjudique a terceros.

Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio  del derecho de acceso.

No se considerarán conformes a lo dispuesto al Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD) los  supuestos en  que  el responsable del  tratamiento establezca como medio para que  el interesado pueda ejercitar sus  derechos el  envío   de  cartas  certificadas o  semejantes,  la  utilización  de  servicios de telecomunicaciones que  implique una  tarificación adicional al afectado o cualesquiera otros medios que impliquen un coste excesivo para el interesado.

Cuando el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO disponga de servicios de cualquier  índole  para la atención a su público o el ejercicio de reclamaciones relacionadas con  el servicio prestado o los productos ofertados al mismo, podrá concederse la posibilidad al afectado de ejercer su  derecho de acceso a través de dichos servicios. En tal caso, la identidad del interesado se considerará acreditada por los  medios establecidos para la identificación de los clientes del responsable en la prestación de sus servicios o contratación de sus productos.

El responsable del  tratamiento deberá  adoptar  las medidas oportunas para garantizar  que  las personas de  su organización que tienen  acceso a datos de carácter personal  puedan  informar del procedimiento a seguir por el afectado para el ejercicio de su derecho.

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE OPOSICIÓN

(Artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD)).

  1. Un interesado de la Entidad efectúa una comunicación a la Entidad ejercitando su derecho de oposición a sus datos personales, incluida o no su historia Entidad.
  2. La persona que reciba dicha comunicación se la  trasladará de  forma inmediata al  RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD.
  3. Después de que  haya llegado la solicitud de  oposición el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD examinará la solicitud a fin de  que  el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO resuelva (4) sobre ésta en  el plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la solicitud(5).

A fin de  proceder  a dicho  examen,  el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD deberá  tener  en cuenta  lo

especificado en el ANEXO al presente procedimiento.


(4)En el caso de  que  no  disponga de  datos de  carácter personal del afectado deberá igualmente comunicárselo en  el mismo plazo. El responsable del tratamiento deberá contestar la solicitud que  se le dirija en  todo caso, con  independencia de  que  figuren o no datos personales del afectado en sus sistemas de información.

(5)Transcurrido el plazo sin  que  de forma expresa se responda a la petición de oposición, el interesado podrá interponer la reclamación

prevista en el  artículo 12.4.  del Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).


Dicha resolución podrá ser FAVORABLE o DESFAVORABLE:

  1. A) RESOLUCIÓN FAVORABLE:

En este caso no se lleva  a cabo  el tratamiento de  los  datos de  carácter personal del  interesado o se cesa el tratamiento. Se da en los siguientes supuestos:

La información que  se proporcione, cualquiera que  sea el soporte en que  fuere facilitada, se dará en forma legible  e inteligible, sin utilizar claves o códigos que  requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos.

Dicha información comprenderá:

  • Cuando no sea  necesario su consentimiento para el tratamiento, como  consecuencia de la concurrencia de un motivo  legítimo y fundado, referido a su  concreta situación personal, que  lo justifique, siempre que  una Ley no  disponga lo contrario. Cuando la oposición se realice con  base a este supuesto, en  la solicitud deberán hacerse constar los  motivos fundados y legítimos, relativos a una  concreta situación personal del afectado, que  justifican el ejercicio de este derecho.
  • Cuando se trate de  tratamientos que  tengan por  finalidad  la realización de actividades de publicidad  y prospección comercial.
  • Cuando el tratamiento tenga  por finalidad  la adopción de  una  decisión referida al  afectado y  basada únicamente en un tratamiento automatizado de sus  datos  de carácter personal.

En todo caso se efectuará notificación fehaciente al interesado

B) Resolución DESFAVORABLE:

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá denegar  motivadamente la solicitud del  interesado en  el  plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la solicitud, con notificación fehaciente al interesado.

En todo caso, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO informará al afectado de su  derecho a recabar la tutela de la Agencia Española de  Protección de  Datos o, en  su  caso, de  las  autoridades de  control de  las  comunidades autónomas.

TUTELA DE DERECHOS. Las actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser  objeto de reclamación por los interesados ante la Agencia de Protección de Datos,  en la forma que reglamentariamente se determine.

El interesado al que  se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o supresión, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su  caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación.

El plazo  máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses.

Contra  las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo.

Para comunicar dicha resolución se enviará la comunicación de forma que  se acredite tanto el cumplimiento de la misma, como su contenido. Corresponderá al responsable del tratamiento la prueba del cumplimiento del deber de respuesta, debiendo conservar la acreditación del cumplimiento del mencionado deber.

Derecho  de oposición a las decisiones basadas únicamente en un tratamiento automatizado de datos.

Los interesados tienen derecho a no verse  sometidos a una decisión con  efectos jurídicos sobre ellos  o que  les afecte de  manera significativa, que se base únicamente en un tratamiento automatizado de datos  destinado a evaluar  determinados aspectos  de  su  personalidad, tales como  su  rendimiento laboral, crédito,  fiabilidad  o conducta.

No obstante, los afectados podrán verse sometidos a una  de éstas decisiones cuando dicha decisión:

  1. Se haya adoptado en el marco de la celebración o ejecución de un contrato a petición del interesado, siempre que  se le otorgue la posibilidad de alegar lo que  estimara pertinente, a fin de defender su  derecho o interés. En todo caso, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá informar previamente al afectado, de forma clara y precisa, de que  se adoptarán decisiones con  las  características señaladas anteriormente y cancelará los datos en caso de que  no llegue a celebrarse finalmente el contrato.
  2. Esté autorizada por una norma con rango de Ley que  establezca medidas que  garanticen el interés legítimo del interesado.

El derecho de oposición se puede ejercitar mediante  comunicación dirigida al RESPONSABLE  DEL TRATAMIENTO. Lo puede ejercitar:

El afectado, acreditando su identidad, del modo previsto. Se requiere:

  • Nombre y apellidos del interesado.
  • Fotocopia de  su  documento nacional de  identidad, o de  su  pasaporte u otro  documento válido  que  lo identifique y, en su caso, de la persona que  lo represente, o instrumentos electrónicos equivalentes; así  como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación. La utilización de firma  electrónica identificativa del afectado eximirá de la presentación de las fotocopias del DNI o documento equivalente.
  • Petición en que  se concreta la solicitud.
  • Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma  del solicitante.
  • Documentos acreditativos de la petición que  formula, en su caso.

En el caso de que  la solicitud no reúna los  requisitos especificados aquí  el responsable del tratamiento deberá solicitar la subsanación de los mismos.

Cuando el afectado se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que  le imposibilite el ejercicio personal de este derecho, podrá ejercitarse por su representante legal, en cuyo  caso será necesario que  acredite tal condición.

El derecho de oposición también podrá ejercitarse a través de representante voluntario, expresamente designado para el ejercicio del derecho. En ese caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del representado, mediante la  aportación de  copia de  su  Documento Nacional de  Identidad o  documento  equivalente, y la representación conferida por aquél.

El derecho  de oposición será DENEGADO cuando  la solicitud  sea  formulada  por persona  distinta  del afectado y no se acreditase que la misma actúa en representación de aquél.

Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio del derecho de oposición.

No se considerarán conformes a lo dispuesto en  el  Reglamento General de  Protección de  Datos Personales (RGPD) los supuestos en que  el responsable del tratamiento establezca como medio para que  el interesado pueda ejercitar sus  derechos el  envío   de  cartas  certificadas o  semejantes,  la  utilización  de  servicios de telecomunicaciones que  implique una  tarificación adicional al afectado o cualesquiera otros medios que impliquen un coste excesivo para el interesado.

Cuando el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO disponga de servicios de cualquier  índole  para la atención a su público o el ejercicio de reclamaciones relacionadas con  el servicio prestado o los productos ofertados al mismo, podrá concederse la posibilidad al afectado de ejercer su derecho de oposición a través de dichos servicios. En tal caso, la identidad del interesado se considerará acreditada por los  medios establecidos para la identificación de los clientes del responsable en la prestación de sus servicios o contratación de sus productos.

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá atender la solicitud de oposición ejercida por el afectado aun cuando el mismo no hubiese utilizado  el procedimiento establecido específicamente al efecto por aquél, siempre que el interesado haya utilizado un  medio que  permita acreditar el envío  y la recepción de  la solicitud, y que  ésta contenga los elementos referidos anteriormente.

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá adoptar las  medidas oportunas para garantizar que  las  personas de su organización que  tienen acceso a datos de carácter personal puedan informar del procedimiento a seguir por el afectado para el ejercicio de su derecho de oposición.

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE RECTIFICACIÓN Y DE SUPRESIÓN. (Artículo  16 del Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD)).

  1. Un interesado de la Entidad efectúa una comunicación a la Entidad ejercitando su derecho de rectificación o su derecho de supresión a sus datos personales, incluida o no su historia Entidad.
  2. La persona que reciba dicha comunicación se la  trasladará de  forma inmediata al  RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD.
  3. Después de que  haya llegado la solicitud de  rectificación o la solicitud de  supresión el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD examinará la  solicitud a fin de  que  el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO resuelva (6) sobre ésta en el plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la solicitud (7).

A fin de  proceder  a dicho  examen,  el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD deberá  tener  en cuenta  lo especificado en el ANEXO al presente procedimiento.

Dicha resolución podrá OTORGAR o DENEGAR el ejercicio del derecho de rectificación o de supresión:

A) OTORGAMIENTO de la RECTIFICACIÓN de los datos:

En este caso se dará lugar  a la  modificación  de los  datos  que  resulten ser  inexactos o incompletos, previa notificación fehaciente al interesado.

B) OTORGAMIENTO de la SUPRESIÓN de los datos:

En este supuesto se dará lugar  a la supresión  de los datos  que  resulten ser  inadecuados o excesivos, sin perjuicio del  deber de  bloqueo conforme al  Reglamento General de  Protección de  Datos Personales (RGPD),  previa notificación fehaciente al interesado.

En  los  supuestos en  que   el  interesado  invoque el  ejercicio del  derecho de  supresión para revocar el consentimiento previamente prestado, se estará a lo dispuesto en el  Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).


(6)En el caso de  que  no  disponga de  datos de  carácter personal del afectado deberá igualmente comunicárselo en  el mismo plazo. El responsable del tratamiento deberá contestar la solicitud que  se le dirija en  todo caso, con  independencia de  que  figuren o no datos personales del afectado en sus sistemas de información.

(7) Transcurrido el plazo sin que  de forma expresa se responda a la petición de rectificación o de supresión, el interesado podrá interponer la reclamación prevista en el artículo 12.4.  del Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).


C) DENEGACIÓN de la RECTIFICACIÓN de los datos:

Podrá denegarse el derecho de rectificación en los supuestos en que  así  lo prevea una  ley o una  norma de derecho comunitario de aplicación directa o cuando éstas impidan al responsable revelar a los afectados el tratamiento de los datos a los que  se refiera el acceso.

Esta resolución se notificará al interesado.

D) DENEGACIÓN de la SUPRESIÓN de los datos:

La supresión no procederá cuando:

  • Los  datos de  carácter personal deban ser  conservados durante los  plazos previstos en  las  disposiciones aplicables.
  • Los  datos de  carácter personal deban ser  conservados durante los  plazos previstos en  las  relaciones contractuales entre la persona o entidad responsable y el interesado que  justificaron el tratamiento de los datos.
  • Que lo prevea una  ley o una  norma de derecho comunitario de aplicación directa o cuando éstas impidan al responsable revelar a los afectados el tratamiento de los datos a los que  se refiera el acceso.

En todo caso, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO informará al afectado de su  derecho a recabar la tutela de la Agencia Española de  Protección de  Datos o, en  su  caso, de  las  autoridades de  control de  las  comunidades autónomas.

TUTELA DE DERECHOS. Las  actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser  objeto de reclamación por los interesados ante la Agencia de Protección de Datos,  en la forma que reglamentariamente se determine.

El interesado al que  se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o supresión, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su  caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación

El plazo  máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses.

Contra  las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo.

Para comunicar dicha resolución se enviará la comunicación de forma que  se acredite tanto el cumplimiento de la misma, como su contenido. Corresponderá al responsable del tratamiento la prueba del cumplimiento del deber de respuesta, debiendo conservar la acreditación del cumplimiento del mencionado deber. 

ANEXO PROCEDIMIENTO DE SUPRESIÓN O RECTIFICACIÓN DE DATOS

¿Cómo se ejercitan el derecho de rectificación y el de supresión?

a) EN LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN se deberá indicar:

  1. A qué datos se refiere.
  2. La corrección que haya de realizarse.
  3. Deberá ir acompañada de la documentación justificativa de lo solicitado.

b) EN LA SOLICITUD DE SUPRESIÓN, el interesado deberá indicar:

  1. A qué datos se refiere.
  2. Aportar al efecto la documentación que lo justifique, en su caso.

Si los  datos rectificados o cancelados hubieran sido  cedidos previamente, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá comunicar  la rectificación o supresión efectuada al cesionario, en idéntico plazo, para que  éste, también en el plazo de  diez  días contados desde la recepción de  dicha comunicación, proceda, asimismo, a rectificar o cancelar los datos.

La rectificación o supresión efectuada por el cesionario no requerirá comunicación alguna  al interesado, sin perjuicio del  ejercicio de  los  derechos por  parte de  los  interesados reconocidos en  el  Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).

El derecho de rectificación y el de supresión se pueden ejercitar mediante  comunicación dirigida al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Lo puede ejercitar:

El afectado, acreditando su identidad, del modo previsto. Se requiere:

  • Nombre y apellidos del interesado.
  • Fotocopia de  su  documento nacional de  identidad, o de  su  pasaporte u otro  documento válido  que  lo identifique y, en su caso, de la persona que  lo represente, o instrumentos electrónicos equivalentes; así  como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación. La utilización de firma  electrónica identificativa del afectado eximirá de la presentación de las fotocopias del DNI o documento equivalente.
  • Petición en que  se concreta la solicitud.
  • Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma  del solicitante.
  • Documentos acreditativos de la petición que  formula, en su caso.

En el caso de que  la solicitud no reúna los  requisitos especificados aquí  el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá solicitar la subsanación de los mismos.

Cuando el afectado se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que  le imposibilite el ejercicio personal de  estos derechos, podrán ejercitarse por  su  representante legal, en  cuyo  caso será necesario que acredite tal condición.

Los derechos también podrán ejercitarse a través de  representante voluntario, expresamente designado para el ejercicio del derecho. En ese caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del representado, mediante la aportación de  copia de  su  Documento Nacional de  Identidad o documento equivalente, y la representación conferida por aquél.

Los derechos serán DENEGADOS cuando  la solicitud  sea formulada  por persona  distinta  del afectado y no se acreditase que la misma actúa en representación de aquél.

Deberá concederse al interesado un medio  sencillo y gratuito para el ejercicio  de los  derechos de rectificación  y supresión.

No se considerarán conformes a lo dispuesto en  el  Reglamento General de  Protección de  Datos Personales (RGPD) los supuestos en que  el responsable del tratamiento establezca como medio para que  el interesado pueda ejercitar sus  derechos el  envío   de  cartas  certificadas o  semejantes,  la  utilización  de  servicios de telecomunicaciones que  implique una  tarificación adicional al afectado o cualesquiera otros medios que impliquen un coste excesivo para el interesado.

Cuando el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO disponga de servicios de  cualquier índole  para la atención a su público o el ejercicio de reclamaciones relacionadas con  el servicio prestado o los productos ofertados al mismo, podrá concederse la posibilidad al afectado de  ejercer sus derechos de  rectificación y supresión a través de dichos servicios. En tal caso, la identidad del interesado se considerará acreditada por los  medios establecidos para la identificación de  los  clientes del  responsable en  la prestación de  sus servicios o contratación de  sus productos.

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO  deberá  atender  la solicitud de  rectificación y supresión ejercida por  el afectado aun cuando  el mismo no hubiese utilizado  el procedimiento establecido específicamente al efecto por aquél,  siempre que el interesado haya utilizado un  medio que  permita acreditar el envío  y la recepción de  la solicitud, y que  ésta contenga los elementos referidos anteriormente.

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO deberá adoptar las  medidas oportunas para garantizar que  las  personas de su organización que  tienen acceso a datos de carácter personal puedan informar del procedimiento a seguir por el afectado para el ejercicio de sus derechos.

Cuando las  leyes aplicables a determinados tratamientos concretos establezcan un procedimiento especial para la rectificación o supresión de los datos contenidos en los mismos, se estará a lo dispuesto en aquéllas.

DERECHO DE PORTABILIDAD

  • Se entregarán a los interesados que  lo soliciten los datos personales que  le incumban, que  haya facilitado a la Entidad
  • La entrega se realizará en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica
  • En caso de solicitarse se transmitirán a otro  responsable del tratamiento cuando sea técnicamente posible y el tratamiento esté basado en el consentimiento con  arreglo al artículo 6, apartado 1, letra  a), o el artículo 9, apartado 2, letra  a), o en  un  contrato con  arreglo al artículo 6, apartado 1, letra  b), y b), todos ellos  del Reglamento Europeo de Protección de Datos, y el tratamiento se efectúe por medios automatizados.
  • El ejercicio del  derecho mencionado en  el apartado 1 del  presente artículo se entenderá sin  perjuicio del artículo 17 del Reglamento Europeo de Protección de Datos sobre el derecho de supresión de los interesados solicitantes.
  • Tal derecho no se aplicará al tratamiento que  sea necesario para el cumplimiento de una  misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
  • Este derecho mencionado en el apartado 1 no afectará negativamente a los derechos y libertades de otros.
  • El derecho a la portabilidad se referirá solamente a los  tratamientos automatizados sometidos, de  forma directa o indirecta, a la voluntad o autorización del afectado (basados en el consentimiento o en una  relación contractual)
  • Se  extenderá el derecho a los  “Datos actuales” entendido no  solo  son los  relacionados con  el momento presente, sin  tener en  cuenta los  que  hayan sido  facilitados por  el interesado u obtenidos por  el uso del producto o servicio contratado con  anterioridad y que  en el momento de ejercicio del derecho estén siendo objeto de tratamiento.

Por  su  complejidad en  el caso de  que  un  interesado ejercite este Derecho se estudiará cada caso de  forma específica buscando auxilio profesional especializado en caso de ser  necesario.

DERECHO DE LIMITACIÓN

Se concederá este derecho a los interesados cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes:

  1. El interesado impugne la exactitud de los  datos personales, durante un plazo que  permita al responsable verificar la exactitud de los mismos.
  2. El tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar  la limitación de su uso.
  3. El responsable ya no necesite los  datos personales para los  fines del  tratamiento, pero  el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  4. El interesado se haya opuesto al tratamiento en virtud del artículo 21, apartado 1, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del interesado.

Efectos del ejercicio  del derecho por los interesados

Cuando el tratamiento de datos personales  se haya limitado, dichos datos solo  podrán ser  objeto de tratamiento, con  excepción de su  conservación, con  el consentimiento del interesado o para la formulación, el ejercicio o la defensa de  reclamaciones, o con  miras a la protección de  los  derechos de  otra  persona física o jurídica o por razones de interés público importante de la Unión o de un determinado Estado miembro.

Todo  interesado que  haya obtenido la limitación del tratamiento con  arreglo a lo anterior será informado por LA ENTIDAD antes del levantamiento de dicha limitación.

Por  su  complejidad en  el caso de  que  un  interesado ejercite este Derecho se estudiará cada caso de  forma específica buscando auxilio profesional especializado en caso de ser  necesario.